La Ley 7/1985, reguladora de las Bases del Régimen Local es el suelo del trabajo municipal. Policía Local no se entiende sin municipio, alcalde, pleno y ordenanza. El test no pide un ensayo de autonomía local: pide umbrales de población y listas cerradas de artículos.
Competencias y servicios no son la misma lista
El artículo 25 dice en qué materias el municipio ejerce competencias propias. El artículo 26 dice qué servicios debe prestar, y los gradúa por habitantes. Memorizar una lista para las dos preguntas es el fallo típico. Policía local, protección civil y prevención de incendios están en el artículo 25.2.f. Tráfico, estacionamiento y movilidad, en el 25.2.g.
La redacción vigente es la posterior a la Ley 27/2013 y a los retoques siguientes. Un PDF anterior a esa reforma sigue hablando de servicios que el artículo 26 ya no impone a todos los municipios, como el mercado o el control de alimentos y bebidas. Si tu ficha los da como obligatorios en cualquier ayuntamiento, está vieja.
Servicios mínimos, artículo 26
La ley usa «población superior a», no «a partir de». Un municipio de 5.000 habitantes justos no entra en el tramo de más de 5.000.
- Todos los municipios. Alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población y pavimentación de las vías públicas.
- Superior a 5.000. Además, parque público, biblioteca pública y tratamiento de residuos.
- Superior a 20.000. Además, protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social y atención inmediata a personas en riesgo de exclusión, prevención y extinción de incendios, e instalaciones deportivas de uso público.
- Superior a 50.000. Además, transporte colectivo urbano de viajeros y medio ambiente urbano.
El apartado 2, sobre la coordinación de la Diputación en municipios de menos de 20.000 habitantes, fue tocado por el Tribunal Constitucional (STC 111/2016). Estudia el consolidado con las notas, no el texto de 2013 recién aprobado.
Órganos y gran población
Alcalde, tenientes de alcalde y pleno existen en todos los ayuntamientos. La junta de gobierno local existe en todos los municipios con población superior a 5.000 habitantes y, por debajo, solo si lo dice el reglamento orgánico o lo acuerda el pleno. La comisión especial de cuentas existe en todos.
El título X, artículo 121, reserva un régimen distinto al municipio de gran población. Entran por la ley, sin necesidad de un acuerdo autonómico, los de más de 250.000 habitantes y las capitales de provincia de más de 175.000. Las capitales de provincia que no llegan a esa cifra, las capitales autonómicas, las sedes de instituciones autonómicas y los municipios de más de 75.000 con circunstancias especiales solo entran si lo decide la asamblea legislativa, a iniciativa del ayuntamiento. «Toda capital de provincia es gran población» es falso.
El encaje con el cuerpo policial andaluz está en la Ley 13/2001 y en las funciones de la Ley Orgánica 2/1986. El bloque dentro del temario, en qué estudiar primero.
Revisión: octubre de 2026. El texto consolidado del BOE y las bases de tu ayuntamiento mandan sobre este resumen.